• Calculo del Despido

     

     
    El cálculo del despido se lleva a cabo de la siguiente manera:
     
    En primer lugar, la indemnización será igual al número de días trabajados por el salario diario y por año trabajado.
     
    El número de días por año de servicio será el que sigue:
     
    - 45 en caso de despido improcedente o de resolución unilateral del contrato por el trabajador basado en justa causa.
    - 33 en caso de despido objetivo si este despido fuera declarado improcedente y el contrato sea un
    contrato indefinido incentivado.
    - 20 en caso de
    despido objetivo, despido colectivo o de extinción unilateral del contrato por el trabajador motivado por traslado o modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
     
    Así mismo, a la hora del cálculo, el salario diario se determina dividiendo entre 30 los distintos conceptos que integran el salario (cada uno entre 30) y luego sumando estos conceptos ya divididos. Es importante que a la hora de calcular el salario en el despido, tengamos en cuenta el porcentaje diario de las pagas extras, esto se hace prorrateando dichas pagas entre el número de días que tiene el año.
     
    Una vez hecho esto habrá que determinar el tiempo trabajado, lo cual se hará en la siguiente forma:
    - Los años trabajados por entero.
    - Los meses trabajados por entero divididos entre 12.
    - Los días trabajados. La doctrina sostiene que, para todo el tiempo de servicios inferior a un año, habrá que por meses (y no por días en ningún caso) los períodos de tiempo inferiores a un año.
     
    Para el cálculo final de la indemnización por despido, habrá que sumar los tres conceptos obtenidos y tener en cuenta siempre que existen determinados límites para la indemnización:

    La Indemnización se obtendrá multiplicando los tres conceptos obtenidos:
     
    - Cuando sea de 45 días de salario por año de servicio, la indemnización no podrá superar las 42 mensualidades.
    - Cuando sea de 33 días de salario por año de servicio la indemnización no podrá superar las 24 mensualidades.
    - Cuando sea de 20 días de salario por año de servicio la indemnización no podrá superar las 12 mensualidades.
     
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